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Retención del IGV por plataformas digitales extranjeras desde diciembre

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Desde el 1 de diciembre, las plataformas digitales extranjeras que ofrecen servicios a usuarios peruanos comenzaron a aplicar la retención o percepción del Impuesto General a las Ventas (IGV), como lo establece el Decreto Legislativo N.º 1623. A la fecha, 35 empresas internacionales, incluidas Netflix, Amazon, Spotify y TikTok, ya están inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para cumplir con esta obligación.

Estas plataformas deben declarar y pagar el impuesto mensualmente, a partir de enero de 2025, según informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). La medida busca fortalecer el control fiscal y alinear al Perú con prácticas internacionales, en el marco del proceso de adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Para facilitar la implementación, la Sunat simplificó los trámites para empresas extranjeras, eliminando requisitos como la traducción de documentos. Además, puso a disposición un portal especializado con información en inglés, materiales de apoyo y una plataforma para consultas.

La normativa ya se aplica en otros países como México, Chile y la Unión Europea, y será supervisada por la Sunat para verificar que las empresas extranjeras cumplan con la inscripción, declaración y retención del IGV, además de aplicar sanciones cuando corresponda.

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