El Ejecutivo ha publicado hoy la Resolución Ministerial N° 205-2024-EF/52, que establec Ee la emisión de bonos por hasta 3,000 millones de dólares. Estos bonos se destinarán a financiar parcial o totalmente la recompra de bonos soberanos y globales, así como a cubrir parcialmente los requerimientos financieros del próximo año.
La norma, que aparece en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, detalla que la emisión interna de bonos será por un importe equivalente en soles. Estos fondos permitirán implementar las operaciones de administración de deuda aprobadas por la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024.
Los recursos obtenidos se destinarán a la recompra de bonos soberanos y globales, además de financiar parcialmente los requerimientos financieros del 2024. También se contempla el intercambio de bonos soberanos como parte de la operación de administración de deuda.
Para llevar a cabo esta emisión interna de bonos, se utilizará el mecanismo de colocación denominado bookbuilding, que sustituye al Programa de Creadores de Mercado. Este mecanismo permite construir un libro de órdenes de compra de bonos, basado en el cual el emisor asigna los bonos.
Características de los Bonos
Emisor: La República del Perú.
Naturaleza: Valores de contenido crediticio, nominativos, representados mediante anotación en cuenta y libremente negociables.
Agente Registrador: CAVALI S.A. ICLV.
Registro: El monto total de bonos emitidos será registrado en favor de Euroclear.
Transferencia: La transferencia de titularidad se realizará a través de los registros mantenidos en Euroclear.
Listado: Los bonos serán listados en la Bolsa de Valores de Lima.
Categoría: Obligaciones directas, generales e incondicionales del emisor.
Tipo de Instrumento: Instrumento de renta fija.
Asesores Financieros: BofA Securities, Inc., Citigroup Global Markets Inc., J.P. Morgan Securities LLC, Santander US Capital Markets LLC.
Colocador: Banco Santander Perú S.A.
Moneda: Soles.
Mecanismo de Colocación: Bookbuilding.
Denominación: Bonos Soberanos.
Plazo al Vencimiento: Determinado en el mecanismo de Bookbuilding.
Pago de Cupón: Semestral con base de 30/360 días.
Valor Nominal: S/ 1,000.00.
Pago de Principal e Intereses: Según cronograma establecido.
Reaperturable: Sí.
Ley Aplicable: Ley Peruana.
Jurisdicción: Cortes y Tribunales del Perú.
Opción de Rescate: No aplicable, salvo disposición contraria en la primera emisión.
Opción de Segregación: Posible.
Fecha de Liquidación: Determinada en la oferta.
Contratación de Asesores Financieros
La Resolución Ministerial también aprueba la contratación de BofA Securities, Inc., Citigroup Global Markets Inc., J.P. Morgan Securities LLC y Santander US Capital Markets LLC como asesores financieros. Estos fueron seleccionados conforme a los Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y otros Servicios Especializados, establecidos en el Decreto Legislativo N° 1437.
Asimismo, se ha aprobado la contratación de Global Bondholder Services Corporation como Agente de Recompra, Agente de Intercambio y Agente de Información para implementar las operaciones de intercambio y/o recompra de bonos.
El ministro de Economía y Finanzas, José Arista Arbildo, firmó la resolución que pone en marcha esta importante operación de financiamiento para el país.
FOTO: AGENCIA ANDINA.










