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Ministerio de la Producción facilita formalización de bodegueros

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El Decreto Supremo N.º 003-2024-PRODUCE, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, marca un hito en la simplificación de los procesos burocráticos para los bodegueros. Esta modificación responde a los ajustes realizados por la Ley N.º 31866 a la Ley General de Bodegueros (Ley N.º 30877), con el objetivo de impulsar la formalización de la actividad del bodeguero como microemprendedor.

La Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 31866 estableció la responsabilidad del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de la Producción, de adecuar el Reglamento de la Ley N.º 30877 a las modificaciones realizadas.

La nueva modalidad de tramitación virtual de la Licencia Provisional de Funcionamiento simplifica el proceso para los bodegueros, eliminando barreras y facilitando la formalización de sus actividades comerciales. Al aprovechar las herramientas digitales, se busca fomentar la participación activa de los microemprendedores en la economía formal, promoviendo el crecimiento sostenible de sus negocios.

El Heraldo del Perú
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