Inicio / Actualidad / Extranjeros que tengan más de seis meses el CPP podrán tramitar su calidad migratoria especial residente

Extranjeros que tengan más de seis meses el CPP podrán tramitar su calidad migratoria especial residente

Archivo: Migraciones

Síguenos en Google News

La Superintendencia Nacional de Migraciones informó, que los ciudadanos extranjeros que poseen el Permiso Temporal de Permanencia (CPP) por más de seis meses, ya pueden tramitar su calidad migratoria especial residente, para de esta manera obtener el Carné de Extranjería.

Dicho trámite virtual se podrá realizar a través de la Agencia Digital Migraciones, de acuerdo al Decreto Supremo N.º 008-2023-IN, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de Migraciones, publicado el último domingo en el diario oficial.

En ese sentido, más de 3 000 personas extranjeras que obtuvieron en el CPP en el anterior proceso de regularización, establecido mediante el DS 010-2020-IN, pueden solicitar esta calidad migratoria; y también aquellos que obtengan el CPP en el proceso actual, luego de cumplir una permanencia mínima de seis meses, computados desde la aprobación de su permiso temporal.

standard 855593 whatsapp image 2023 10 24 at 11 25 44 am
Archivo: Migraciones

Trámite virtual

El pago del derecho de trámite para acceder a esta calidad migratoria es de S/ 40.60, el cual se cancela en el Banco de la Nación o a través de Págalo.pe con el código 07568.

standard 855593 whatsapp image 2023 10 24 at 11 25 45 am 3
Archivo: Migraciones

El solicitante deberá ingresar a la Agencia Digital Migraciones y llenar el formulario respectivo, indicando el número de recibo y la fecha de pago. En tal sentido, no es necesario que acuda a alguna de las sedes de Migraciones.

En la plataforma web debe adjuntar la copia simple del pasaporte o documento de viaje análogo reconocido por el Estado peruano o el documento oficial emitido por Migraciones. También, la declaración jurada de no registrar antecedentes penales, policiales y judiciales vigentes, en el Perú, ni en el extranjero; ni alertas de Interpol, entre otros.

Migraciones evaluará la solicitud presentada en un plazo máximo de 30 días hábiles, dentro de los cuales verificará toda la información presentada por el solicitante, mediante la interoperabilidad con diversas bases de datos, entre ellas, Interpol, a efectos de garantizar que solo accedan a esa calidad migratoria las personas que cumplan con los requisitos.

El resultado del trámite será notificado al buzón electrónico del solicitante y, en caso de ser aprobado, éste deberá programar una cita para recoger su Carné de Extranjería.

Con la calidad migratoria especial residente, los migrantes podrán avanzar en su proceso de integración y mejorar su calidad de vida. Al contar con el Carné de Extranjería, estarán habilitados para trabajar o emprender de manera formal, acceder a diversos servicios públicos y privados y realizar actividades en el marco de la ley.

Etiquetado:
El Heraldo del Perú
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.