A través de la publicación del Ordenanza N.º 550/MDSMP, realizada hoy en el diario oficial, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres prohibió que se realicen servicios de limpieza de parabrisas u otras partes del vehículo en las vías locales del distrito.

La norma fue aprobada mediante sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de abril, luego de que un día antes, la Gerencia de Seguridad Ciudadana emitiera un informe sobre la problemática que significa para el distrito la realización de esta actividad en la vía pública.
“La Gerencia Seguridad Ciudadana, se advierte que resulta necesario establecer una norma que coadyuve a preservar el orden y seguridad ciudadana en las vías locales de la jurisdicción del distrito, las cuales se ven alteradas, por las actividades ambulatorias realizadas a través de un servicio informal, que los ‘limpiadores de parabrisas y otras partes de vehículos’ realizan en la vía pública, actividad ambulatoria que se viene ejerciendo en la calzada, en los semáforos o intersecciones de vías, aprovechando las congestiones de vehículos automotores, causando zozobra y malestar a los conductores y pasajeros de dichos vehículos, así como a los vecinos de las zonas aledañas, los cuales se ven muchas veces, amenazados o agredidos, conforme se puede advertir de las reiteradas quejas y denuncias atendidas”, menciona en parte el informe que fuera presentado por el área en referencia.
Asimismo, hace mención a que dicha actividad genera ingresos a personas con necesidad y de bajos recursos, por lo cual, proponen el empadronamiento de las personas que realizan este oficio. Dicha identificación estará a cargo de la Gerencia de Desarrollo Económico de la institución y tendrá como objetivo capacitarlos a través de algún programa laboral.
Alcances:
La presente ordenanza abarca todo el distrito de San Martín de Porres. Por consiguiente, la municipalidad, mediante sus gerencias de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, y con el apoyo del personal policial, pueden llevar a cabo operativos en las vías locales de la jurisdicción.
Del mismo modo, la Subgerencia de Fiscalización se encuentra facultada para retener las herramientas e implementos con los que se ofrecen los servicios de limpieza de parabrisas en la vía pública.
Además, dispone el empadronamiento de las personas que desarrollan esta actividad, a fin de que puedan acceder a programas laborales y/o de capacitación.
Finalmente, como disposición final complementaria, refiere que las infracciones señaladas en la presente ordenanza deberán tenerse en cuenta conforme a lo estipulado en el Cuadro de Infracción y Sanciones aprobado mediante Ordenanza N.º 479-MDSMP.










