El 2 de agosto es la fecha límite para que las organizaciones políticas inscriban formalmente sus alianzas electorales ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), según el cronograma oficial aprobado para las Elecciones Generales 2026.
Actualmente, hay 43 partidos políticos habilitados para participar en el proceso electoral. Estas agrupaciones pueden formar alianzas entre sí, siempre que presenten una solicitud de inscripción conjunta, bajo una denominación y símbolo común.
¿Qué se necesita para formar una alianza electoral?
Según la Ley de Organizaciones Políticas, una alianza debe estar integrada por dos o más partidos con inscripción vigente. Para ser reconocida legalmente, la solicitud de inscripción debe incluir:
El acta de conformación de la alianza, firmada por las autoridades partidarias.
El nombre, símbolo y objetivos comunes.
La designación de representantes, personeros y tesoreros.
El detalle sobre la distribución de candidaturas y el uso del financiamiento público directo.
La modalidad acordada para la elección de sus candidatos.
El JNE ha señalado que el 1 de septiembre dará a conocer cuáles de las alianzas presentadas cumplen con los requisitos establecidos en la normativa electoral vigente.
Cabe resaltar que el plazo para modificar estatutos y reglamentos internos venció el pasado 11 de junio. Según reportes del JNE, casi la mitad de los partidos inscritos realizaron actualizaciones a tiempo.
Requisito de votación mínima para alianzas
La ley también establece una valla electoral más exigente para las alianzas. Para mantener la inscripción en el registro de organizaciones políticas, una alianza debe obtener al menos el 6 % de los votos válidos. A esto se suma un 1 % adicional por cada partido extra que se integre a la coalición.










