Este lunes 15 vence el plazo legal para el depósito de las gratificaciones por Fiestas Patrias a los trabajadores del régimen laboral privado. Este beneficio es un derecho esperado por muchos empleados y debe ser cumplido rigurosamente por las empresas.
Al respecto, la laboralista Mónica Pizarro explicó que para recibir el beneficio completo, el trabajador debe haber laborado entre el 1 de enero y el 30 de junio del 2024. “Este beneficio no está sujeto a descuentos de pensiones, pero sí al cálculo del impuesto a la renta”, agregó la experta y socia del Estudio Echecopar.
De acuerdo con la legislación vigente, además, el trabajador deberá recibir junto con la gratificación una bonificación extraordinaria equivalente al 9% del valor de la misma si no tiene EPS (Entidad Prestadora de Salud), o del 6.75% si está afiliado a una EPS. Estas bonificaciones buscan compensar el aporte que el empleador realizaría en condiciones normales a EsSalud.
Existen, además, otras variables como el régimen empresarial y el tiempo laborado, que pueden influir en el monto de la gratificación. Por ello, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha puesto a disposición de los trabajadores una herramienta en línea, la Calculadora Laboral, con la que pueden estimar el monto a recibir usando su documento de identidad y el RUC de la empresa.
Pizarro advirtió que aquellas empresas que incumplan con el depósito de este beneficio podrán recibir multas según su tamaño y número de trabajadores afectados. Para las pequeñas empresas, las multas pueden oscilar entre 2,227.50 y 22,275 soles, mientras que para las grandes empresas, las sanciones pueden variar desde 8,085.50 hasta 134,518 soles. Estas medidas buscan garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales y proteger los derechos de los trabajadores.
FOTO: AGENCIA ANDINA.










