La Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima, confirmó esta tarde el fallo de la sentencia que declara infundado el habeas corpus que pretendía la libertad del expresidente Pedro Castillo.
Cabe señalar que, el recurso constitucional fue interpuesto el 8 diciembre pasado por la Federación Nacional de Abogados del Perú, tras considerar que la detención del exmandatario fue arbitraria ya que, no había una orden judicial de por medio.
«La detención al señor José Pedro Castillo Terrones no resulta arbitraria, toda vez que, en atención a que las presuntas conductas ilícitas imputada a José Pedro Castillo Terrones, en su condición de Presidente de la Republica, fueron cometidas en flagrancia y ante el intento de fuga, la Policía Nacional del Perú estaba facultada a detener en flagrancia a la referida persona de conformidad con el artículo 2, numeral 24, inciso f, de la Constitución Política«, señala la resolución de la sala.

La sentencia también exhorta al Congreso a que regule el procedimiento de acusación constitucional a los altos funcionarios del Estado comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política, en el caso de flagrancia o cuasi flagrancia delictiva, en que incurran estos funcionarios, conforme lo establece el artículo 89 del Reglamento del Congreso para el caso de los delitos denominados clandestinos.
Finalmente, sobre la votación, los jueces superiores Oswaldo Ordóñez Alcántara, Bacilio Cueva Chauca, y David Suárez Burgos, este último juez dirimente, se pronunciaron por ratificar la improcedencia de la demanda.
Vale precisar que, el juez Andrés Tapia Gonzáles emitió un voto discordante para que se declare la nulidad del fallo de primera instancia y se emita un nuevo pronunciamiento debidamente motivado.









