El Séptimo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró inadmisible el hábeas corpus presentado contra el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) que declara intangible el Centro Histórico de Lima.
Como se recuerda, a mediados del presente mes, la MML adoptó está disposición debido a los daños a la propiedad pública y privada generados por las manifestaciones de diciembre y enero pasado. Además, con el propósito de salvaguardar su seguridad, por ser considerada por la Unesco, Patrimonio Cultural de la Nación y Patrimonio Cultural de la Humanidad.
Sobre el recurso constitucional presentado, la jueza Gisela Ocaña Chalco declaró inadmisible el mismo ya que, la parte recurrente no presentó el Acuerdo de Concejo en cuestionamiento en el expediente.

En tal sentido, la jueza le otorgó a la parte demandante el plazo de tres días a efectos de que cumpla con subsanar la omisión señalada, bajo apercibimiento de rechazarse la demanda y archivarse el expediente.
Vale recordar que, las concertaciones que pongan en riesgo la seguridad o la salud pública quedan prohibidas dentro de un área de 10.32 kilómetros cuadrados, los cuales son comprendidos por: la avenida Alfonso Ugarte, la vía de Evitamiento, los jirones El Águila y Cecilia del Risco, las avenidas Prolongación Tacna, Alcázar y Plácido Jiménez, la calle París, la avenida Nicolás Ayllón, la vía expresa Grau, el Paseo de la República, y las avenidas 28 de Julio, Guzmán Blanco, Brasil y Arica.
Cabe precisar que, en esta zona se encuentran: el Palacio de Gobierno, el Palacio Municipal, las plazas Mayor, San Martín, Bolívar, 2 de Mayo y Ramón Castilla; el Congreso de la República, la alameda de los Descalzos, el cuartel militar Barbones, los hospitales Almenara, María Auxiliadora y Arzobispo Loayza, y el Instituto Superior Tecnológico José Pardo, entre otros inmuebles.









