La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó los lineamientos para organizar y ejecutar las actividades electorales de los peruanos residentes en el extranjero en el marco de la Segunda Elección Presidencial 2026, según la Resolución Jefatural N.° 000090-2026-JN/ONPE. La medida fue difundida oficialmente por la propia entidad este 2 de junio de 2026.
Las actividades en el exterior estarán a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las oficinas consulares, en coordinación permanente con la ONPE. La norma comprende las principales etapas del proceso: capacitación de actores electorales, desarrollo de la jornada, escrutinio y remisión de actas.
De acuerdo con la resolución, los ciudadanos peruanos en el extranjero votarán el mismo día de la segunda vuelta presidencial, entre las 7:00 a. m. y las 5:00 p. m., de acuerdo con el uso horario del país o ciudad donde se realice la elección.
Respecto a los miembros de mesa, la ONPE precisó que serán los mismos designados para la primera vuelta. Además, quienes ejerzan el cargo, ya sea por sorteo o por elección entre los electores, recibirán una compensación de S/ 165 o su equivalente en moneda extranjera, conforme a lo dispuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La norma también establece alternativas para evitar que una mesa quede sin instalarse. Si no fuera posible conformarla con sus miembros titulares, suplentes o electores de la misma mesa, se podrá recurrir a miembros o electores de otras mesas del mismo local de votación, siempre que los personeros acreditados no se opongan.
Asimismo, en caso otra mesa de sufragio no asuma el escrutinio, el funcionario consular, asistido por un secretario o auxiliar del consulado, podrá asumir esa labor para culminar el conteo de votos y suscribir el acta correspondiente.
En cuanto a la fiscalización del proceso, los personeros de mesa podrán presenciar los actos de instalación, sufragio y escrutinio. La resolución señala que cada personero solo puede representar a una organización política, aunque puede participar en una o más mesas de sufragio. También se precisa que sus credenciales podrán ser presentadas en formatos impresos, manuales o mixtos, siempre en hoja bond, sin logo partidario y con los datos completos requeridos.
Sobre el escrutinio, la ONPE dispuso que los miembros de mesa permitirán a los personeros registrar en video o fotografía esa etapa, siempre que ello no interfiera con su labor. Sin embargo, no podrán grabar ni fotografiar los rostros de los miembros de mesa, en atención a las normas de protección de datos personales de cada país.
La resolución también regula el traslado y la custodia del material electoral. Los funcionarios consulares serán responsables de replegar los documentos electorales y las cédulas de sufragio, preservando la cadena de custodia. Para ello, la Cancillería deberá informar a la ONPE la identidad de los responsables del traslado, así como las rutas, vuelos, fechas y detalles de la documentación movilizada.
Con esta disposición, la ONPE busca uniformizar y asegurar el desarrollo del proceso electoral fuera del país, en un escenario donde la coordinación entre consulados y autoridades electorales resulta clave para garantizar el voto de los peruanos en el exterior. Esa conclusión se desprende del alcance operativo de la resolución y de las funciones asignadas a la Cancillería y a la ONPE.









