A través del Decreto de Urgencia N.º 014-2023, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) distribuirá agua potable de manera gratuita a la población vulnerable del ámbito urbano que no cuente con acceso a este servicio y se encuentre en condiciones de pobreza o vulnerabilidad.
La iniciativa planteada por el sector Vivienda dispone que la entrega será a través de camiones cisternas hasta el 31 de diciembre del presente, esto con el propósito de coadyuvar a reducir el impacto económico por elevada inflación en el tipo de población referida.

La norma autoriza a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) a realizar la entrega del elemento vital. Del mismo modo, las Autoridades de Salud competentes otorgarán la autorización sanitaria temporal a las EPS, a fin de que empiecen con la distribución del agua.
En esa línea, los requisitos que deberán entregar las EPS para recibir el habilitante son los siguientes:
Solicitud simple con datos generales de la EPS, dirigida a la Autoridad de Salud competente.
Copia legible de la Tarjeta de Identificación Vehicular correspondiente al camión cisterna.
Copia de la Constancia emitida por el profesional encargado del control de calidad de la EPS, que acredite la limpieza y desinfección del tanque del camión cisterna.
Copia del documento emitido por la EPS, de acuerdo a las normas vigentes, que acredite la calidad del agua producida por esta, a ser distribuida en el camión cisterna.
Recibo de pago de derechos administrativos, de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad de Salud competente.
Cabe señalar que, la vigencia de la autorización es mientras dure el presente Decreto de Urgencia y es considerada aprobada ni bien haya sido presentada su solicitud.
El camión cisterna es de uso exclusivo para la distribución gratuita de agua potable producida por la EPS. En caso que el camión cisterna sea de propiedad de un tercero, este no puede ser empleado para un uso distinto durante la vigencia del presente Decreto de Urgencia, situación que debe quedar establecida de manera expresa en el acuerdo que suscriban la EPS con el propietario.
Asimismo, la Autoridad de Salud competente realizará la respectiva fiscalización a los 45 de haber entregado las autorizaciones sanitarias para la entrega del agua.
Un aspecto importante es que, las EPS, al inicio de la distribución gratuita del agua potable, deben realizar la medición de cloro residual en los camiones cisterna, para garantizar la calidad del agua que se distribuya.
Financiamiento
La norma autoriza una transferencia de hasta 84 millones soles a favor del Ministerio de Vivienda y del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) para financiar la distribución gratuita de agua potable.
Además, para el mismo fin, se financiará una transferencia de recursos a favor de la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) y de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento de accionariado municipal, con cargo a los fondos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).










