Con la promulgación de la Ley N° 31822 en 2023, el calendario peruano de feriados nacionales se amplió, incluyendo el 23 de julio en conmemoración del sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñonez. Este día, junto con los feriados de Fiestas Patrias el 28 y 29 de julio, se declara no laborable con descanso remunerado para los sectores público y privado.
Según la normativa vigente, los trabajadores tienen derecho a descansar con remuneración en estos días. Sin embargo, si el trabajador debe laborar, el empleador está obligado a otorgar descanso sustitutorio o compensar con un pago adicional.
Jimmy Huatuco, jefe de proyectos de Buk Perú, explica: “Cuando un trabajador labora en estas fechas, el empleador tiene la obligación de otorgar descanso sustitutorio o, caso contrario, proceder con el pago correspondiente, aplicando un sueldo del día al 100% sobre la remuneración respectiva”.
Consecuencias por No Reconocer los Nuevos Feriados
El incumplimiento de esta normativa por parte del empleador constituye una infracción muy grave, con multas que varían según el tipo de empresa y el número de trabajadores afectados. Las multas pueden ir desde 0.23 UIT (S/1,184.5) hasta 52.53 UIT (S/270,529.5), dependiendo del valor de la UIT en 2024, que es de S/5,150.
Esquema de Pago para los Próximos Feriados
Para los próximos feriados del 23, 28 y 29 de julio, los trabajadores que laboren sin descanso sustitutorio deberán recibir el doble de su salario diario por cada día trabajado. Este esquema se aplica tanto para trabajo remoto como presencial.
Lista Actualizada de Feriados Nacionales
El calendario de feriados nacionales, aplicable a ambos sectores, se compone ahora de 16 días:
Año Nuevo: 1 de enero
Jueves Santo y Viernes Santo (marzo o abril, movibles)
Día del Trabajo: 1 de mayo
Batalla de Arica y Día de la Bandera: 7 de junio
San Pedro y San Pablo: 29 de junio
Conmemoración al heroico sacrificio del Capitán FAP José Abelardo Quiñonez: 23 de julio
Fiestas Patrias: 28 y 29 de julio
Batalla de Junín: 6 de agosto
Santa Rosa de Lima: 30 de agosto
Combate de Angamos: 8 de octubre
Todos los Santos: 1 de noviembre
Inmaculada Concepción: 8 de diciembre
Batalla de Ayacucho: 9 de diciembre
Navidad: 25 de diciembre
La implementación y el cumplimiento de estos feriados son esenciales para garantizar los derechos laborales y evitar sanciones. Empresas y trabajadores deben estar informados sobre las normativas vigentes para evitar inconvenientes y asegurar una justa compensación durante estos días especiales.
FOTO: AGENCIA ANDINA.










