El martes 8 de octubre se conmemora el Día del Combate de Angamos, feriado nacional con descanso remunerado para los trabajadores del sector público y privado, según el Decreto Legislativo N.º 713.
Si un empleado labora ese día y no recibe descanso sustitutorio, tiene derecho a una remuneración equivalente al triple de su salario diario, informó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Esto se debe a que el pago incluye tres conceptos: el salario por el feriado, el pago por la jornada laborada y una sobretasa del 100 %. Por ejemplo, si un trabajador gana S/ 1,500 mensuales (S/ 50 diarios), recibirá S/ 150 en total si trabaja el feriado.
La CCL precisó que, aunque se le denomine “triple pago”, el trabajador recibe el doble de su salario diario como monto adicional, ya que el pago del feriado ya está incluido en su sueldo mensual.









