El Poder Ejecutivo amplió por 90 días calendario la emergencia sanitaria por la COVID-19. En tal sentido, la prórroga entra en vigencia desde el día de mañana, sábado 25 de febrero.
A través de una publicación extraordinaria realizada en el diario oficial, el Gobierno oficializó el Decreto Supremo N° 003-2023-SA, el mismo que extiende la disposición de prevención sanitaria que fuera presentada inicialmente el 11 de marzo del 2020, cinco días después de que se presentara el primer caso de coronavirus en el Perú.
Asimismo, el texto menciona que corresponde al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción-Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo COVID-19 en el Perú”.
De igual forma, durante el presente Decreto Supremo se continuará con la contratación de los bienes y servicios detallados en las listas de “Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria COVID-19”, contenidos en los decretos que anteceden al presente.
En esa línea, las contrataciones y adquisiciones deben destinarse exclusivamente para los fines que establece el presente Decreto Supremo, “bajo responsabilidad”, precisa.
En su disposición complementaria final única, el decreto señala que la prórroga de la emergencia sanitaria para el sector salud, implica la posibilidad que dicho sector disponga la continuidad del trabajo mixto, en el marco de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N.° 051-2021.
Finalmente, el presente documento cuenta con la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte, y los titulares de Salud y Trabajo, Rosa Gutiérrez y Alfonso Adrianzén, respectivamente.










