El Congreso de la República promulgó la Ley N° 32255, que restablece la detención preliminar en casos donde no se configure flagrancia delictiva. La norma, aprobada por insistencia el pasado 6 de marzo, fue oficializada con la firma del presidente del Parlamento, Eduardo Salhuana, y la primera vicepresidenta, Patricia Juárez.
Modificación clave en el Código Procesal Penal
La disposición modifica el artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, permitiendo la detención preliminar de un sospechoso cuando existan elementos razonables que lo vinculen con un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a cuatro años, siempre que haya indicios de riesgo de fuga u obstrucción a la justicia.
El texto también contempla la detención en casos en que el implicado logre evadir su captura en flagrancia o se fugue de un centro de detención preliminar.
Amplio respaldo y debate
Con 86 votos a favor, 6 en contra y ninguna abstención, el Congreso respaldó por amplia mayoría la medida. La decisión fue posible tras la autorización del acta virtual por parte de Salhuana, lo que permitió el debate en el pleno.
Sin embargo, la norma ha generado opiniones divididas. El abogado penalista Julio Rodríguez señaló en declaraciones a RPP que, si bien la ley representa una mejora respecto a versiones previas, aún persisten cuestionamientos sobre su implementación. “No se ha corregido del todo el error, pero ahora se exige una debida motivación y la existencia de indicios razonables, lo que supone un avance”, afirmó.










