El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los nuevos índices de corrección monetaria que se utilizarán para determinar el costo computable de los inmuebles vendidos por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales. La medida fue oficializada mediante la Resolución Viceministerial N.º 019-2026-EF/15.01.
¿Cómo se aplicará el índice?
De acuerdo con la norma, el valor de adquisición o construcción del inmueble deberá ajustarse multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año en que fue adquirido.
La disposición se aplicará a las enajenaciones realizadas desde el día siguiente de la publicación de la resolución hasta que se publique la norma que establezca los índices correspondientes al siguiente mes.
Estos valores permiten actualizar el costo computable del inmueble que será considerado para efectos tributarios al momento de su venta.
¿Dónde consultar los índices?
El MEF dispuso que los índices aprobados sean publicados en su sede digital, donde podrán ser consultados por los contribuyentes que necesiten calcular el valor actualizado de sus inmuebles.









